A- de 2001
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Hernando Sandoval Paris
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento para resolverlo debe ser expreso
- No puede arrogarse competencias para llenar vacíos legislativos
- Organo aplicador de la Constitución
- Inaplicación del precepto constitucional
- Posición jurídica del individuo o del funcionario público
- Alcance
- Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
- Exceso en la potestad reglamentaria
- Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se dirimió el conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado 22 Civil del Circuito de Bogotá en la tutela promovida por el ciudadano de la referencia contra la Superintendencia Bancaria, en el sentido de que su conocimiento y decisión corresponde al primero de los despachos judiciales mencionados, y no al segundo.
Lo anterior, conforme a lo preceptuado por el Art. 86 de la Constitución en armonía con el Art. 37 del Decreto 2591 de 1991, es a ese organismo judicial y no a ninguno otro al que corresponde la tramitación y decisión de la misma, porque de acuerdo con las normas mencionadas al ciudadano le asiste el derecho a impetrar la protección a los derechos fundamentales mediante la acción de tutela ante "cualquier juez", quien de inmediato ha de asumir su conocimiento.
En consecuencia, se envió el expediente al citado Tribunal para los efectos legales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Dirimir el conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado Veintidos Civil del Circuito de Bogota, en la accion de tutela promovida por el ciudadano Hernando Sandoval Paris contra la Superintendencia Bancaria, en el sentido de que su conocimiento y decision corresponde al
- primero. de los despachos judiciales mencionados, y no al
- segundo.
- En consecuencia, enviese el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca en forma inmediata, para los efectos legales.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.